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Informe técnico de vicios redhibitorios

Los vicios redhibitorios son defectos graves que afectan el uso de la propiedad y permiten demandar al vendedor.

Publicado el 18 de marzo de 2026

Los vicios redhibitorios son defectos ocultos tan graves que, de haber sido conocidos, el comprador no habría comprado o habría pagado menos. La ley permite resolver el contrato o pedir reducción del precio.

Características

  • Existían al momento de la entrega.
  • Estaban ocultos (no manifiestos a simple vista).
  • Son graves (afectan el uso).
  • Comprador no los conocía ni debía conocerlos.

Qué debe contener el informe

  1. Identificación del inmueble y de las partes.
  2. Fecha y datos del perito firmante.
  3. Metodología de relevamiento.
  4. Descripción detallada de los vicios con fotos.
  5. Diagnóstico de causa y antigüedad estimada.
  6. Estimación de costos de reparación.
  7. Conclusión sobre carácter redhibitorio.

Diferencia con vicios aparentes

Aparentes son los que se ven en una inspección normal: por esos no hay reclamo posterior. Redhibitorios son los ocultos detrás de revestimientos, cielorrasos, muebles o que se manifiestan con el tiempo.

Acciones disponibles

  • Resolución del contrato: devolución del precio y entrega de la propiedad.
  • Reducción del precio: indemnización por la diferencia.
  • Reparación a cargo del vendedor en algunos casos pactados.

Plazos breves

El plazo de caducidad es corto (consultar con abogado por jurisdicción y año del contrato). Actuar pronto al detectar el vicio.

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Preguntas frecuentes

·¿Se puede renunciar a esta acción en el contrato?

El comprador la puede renunciar expresamente, pero solo respecto de vicios declarados. La renuncia general no es válida frente a vendedor de mala fe.

·¿Necesito abogado?

Sí. La acción es judicial y requiere patrocinio.

·¿Cuánto demora una resolución?

Desde mediación hasta sentencia firme, 1-3 años según jurisdicción.

·¿Conviene mediación previa?

Sí, suele ser obligatoria y permite acuerdos más rápidos.